En cumplimiento a lo establecido en la disposición 20.1, fracción I, inciso s) de las
Disposiciones Administrativas de Carácter General en Materia de Acceso Abierto y Prestación
de los servicios de Transporte por Ducto y Almacenamiento de Gas Natural, así como lo establecido
en el numeral 13, fracción XVI del Título de Permiso de Gestión Independiente número
G/21317/GES/2018, y la condición 17.1, incisos v) y w) de los Términos y Condiciones para
la Prestación de los Servicios aplicables al SISTRANGAS.