En cumplimiento a lo establecido en la disposición 20.1, fracción III,
inciso a) de las Disposiciones Administrativas de Carácter General en
Materia de Acceso Abierto y Prestación de los Servicios de Transporte
por Ducto y Almacenamiento de Gas Natural, así como lo establecido en
el numeral 13, fracción XVII del Título de Permiso de Gestión
Independiente número G/21317/GES/2018, y la condición 17.1, inciso z)
de los Términos y Condiciones para la Prestación de los Servicios
aplicables al SISTRANGAS.